15 feb 2011
EL AUMENTO NO VÁLIDO DE CABLEVISIÓN
Asociaciones de consumidores afirmaron que el aumento de Cablevisión "no es válido"
Distintas asociaciones de consumidores pidieron hoy a los usuarios de televisión por cable, que no paguen los aumentos en sus facturas de la empresa Cablevisión S.A, por ser "injustificados" y por no respetar una resolución que obliga a comunicar "con anterioridad" este tipo de ajuste.
El pronunciamiento, formulado en el marco de una campaña de esclarecimiento, fue hecho por la Asociación Civil Liga de Consumidores Filial, el Centro de Estudios Sociales y Acción Comunitaria, Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores (ADDUC) FEMUDECO-Federación de Mutuales para la Defensa Organizada del Consumo (FEMUDECO).
Además, se sumaron otras asociaciones como Compromiso Cívico, Solidarias Amas de Casa de la República Argentina (SACRA Area Metropolitana) y el Movimiento de Defensa de los Derechos de los Consumidores, Usuarios y del Medio Ambiente (MODECUMA), entre otras.
Las asociaciones llamaron de esta forma a no convalidar el aumento de los precios en la televisión por cable dispuesto por Cablevisión, objetado también por las autoridades nacionales.
Asimismo, tratarán de encarar una tarea de esclarecimiento respecto de las obligaciones de las empresas en cuanto a los procedimientos para la fijación de precios y su actualización, que deben ser comunicadas a la Secretaría de Comercio Interior para luego ser aplicados según lo dispone la ley, bajo la resolución 50/2010.
Según las asociaciones, se trata de evitar la fijación arbitraria de precios de un servicio que afecta el abastecimiento de un mercado que tiene millones de usuarios, y se trata, también de asegurar que dicho servicio se preste en condiciones de igualdad y equidad.
Consecuentemente, el cumplimiento de la Resolución procura prevenir la exclusión de ciudadanos, producto de la conformación de posiciones dominantes y la concentración de la oferta.
Esta resolución de la Secretaría de Comercio Interior publicada en el Boletín Oficial el 4 de marzo de 2010, determina las pautas que deben cumplir las operaciones de comercialización del servicio de televisión paga, conforme una fórmula polinómica de costos, más una tasa natural de ganancias para las empresas.
Por otra lado, diferentes fallos judiciales ratificaron la competencia del organismo para la aplicación de dicha resolución, que hasta ahora está vigente y las empresas que prestan el servicio de televisión paga, deben dar cumplimiento a la misma presentando ante la autoridad, la documentación referida a sus costos de modo tal de justificar los precios fijados.
Las asociaciones denunciaron que los precios de los abonos básicos de la televisión paga y los aumentos operados por la firma Cablevisión S.A., no cumplen con las condiciones legales para ser aplicados.
Para ello, invitaron a los usuarios que recibieron facturas con incrementos en los abonos, a no convalidar esos aumentos mientras la empresa no cumpla con sus obligaciones.
Justificaron tambien que, ante el incumplimiento de la empresa, la Secretaría de Comercio determine, a partir de variables Proxy, un precio justo de acuerdo a la información obrante, de modo que permita a los clientes de Cablevisión pagar una factura razonable.