Los bancos deberán informar depósitos mayores a $40.000
Desde hoy rige una resolución que unifica criterios entre la Unidad de Información Financiera y el Banco Central, según la cual las entidades bancarias deberán trazar un perfil de los clientes habituales y de quienes operen por cifras mayores a $60.000 al año. Es para controlar lavado de dinero.
En otra medida que apunta a cumplir con los requerimientos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAlos FI) para la lucha contra el lavado de dinero, la Unidad de Información Financiera y el Banco Central establecieron que, a partir de hoy, los bancos deberán informar al Gobierno los depósitos superiores a los $40.000.
Además, deberán realizar un perfil completo de sus clientes habituales.
Así lo dispone la resolución 121 publicada el viernes en el Boletín Oficial.
La normativa apunta a unificar el criterio para controlar el sistema financiero en materia de lavado de dinero, que era compartido por la UIF y el Banco Central.
La misma deroga la resolución 37, emitida en febrero por la UIF, que disponía una serie de controles sobre los clientes con operaciones anuales de más de $500.000.
Los bancos deben requerir a sus clientes elementos de identificación, como el Documento Nacional de Identidad, y otros que permitan construir su perfil.
Éste constará de un monto anual estimado de operaciones para cada cliente.